Bases y condiciones: Televisados

Bases y condiciones: Televisados

BASES Y CONDICIONES: ACCIÓN COMERCIAL "RECHAZO DE VISA"

 

1. ORGANIZADOR

El presente beneficio comercial (en adelante, el “Beneficio”) es organizado por NEWSAN S.A., con domicilio en Roque Pérez 3650 (C1430FBX) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”), y se regirá por las siguientes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”). La presente acción comercial es sin obligación de compra.

 

2. VIGENCIA Y ÁMBITO GEOGRÁFICO

La convocatoria para participar estará abierta desde el 03 de junio de 2026 hasta el 09 de junio  de 2026. La asignación y entrega efectiva de los Premios se realizará el día 10 de junio de 2026 (en adelante, la “Vigencia del Beneficio”). El Beneficio estará vigente en la Ciudad de Buenos Aires y en la Provincia de Buenos Aires (en adelante, el “Territorio”). 

 

3. PARTICIPANTES (ELEGIBILIDAD)

Podrán acceder al Beneficio todas las personas humanas mayores de 18 (dieciocho) años que tengan domicilio en el Territorio y que cumplan de manera estricta, presencial e indispensable con la totalidad de los Requisitos Excluyentes detallados en la Cláusula 5 de las presentes Bases. No podrán participar del Beneficio, ni volverse acreedores de los Premios (conforme se define más adelante), personas humanas menores de 18 (dieciocho) años, personas jurídicas, los empleados del Organizador, sus agencias de promoción ni demás personas que el Organizador contrate para proveer cualquier producto o cualquier servicio relacionado con la presente promoción. Tampoco podrán participar familiares directos de los mismos, o parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive. No participan de la Promoción aquellos productos que no hayan estado destinados a consumo final, sea que haya sido adquirida para reventa o comercializada en plataformas de comercio electrónico de terceros.

 

4. MECÁNICA DEL BENEFICIO Y ASIGNACIÓN

El Beneficio consiste en la entrega de 1 (un) televisor marca NOBLEX de 32 pulgadas modelo 91DB32X3010 (en adelante, el "Premio Principal") por persona que se entregará en el momento de verificación de las condiciones de asignación. El stock total asignado a esta acción es de 100 (cien) unidades en total (en adelante, el “Stock”). Una vez agotado el Stock, para el resto de los participantes que cumplan con los requisitos detallados en las presentes Bases, se les asignará un cupón de descuento consistente en el 35% (treinta y cinco por ciento) de descuento para la compra de televisores marca Noblex en Tienda Newsan (https://www.tiendanewsan.com.ar/). El stock total asignado para este beneficio es de 50 (cincuenta) cupones en total, los cuales podrán ser canjeados exclusivamente desde el 10/06/2026 hasta el 30/06/2026 inclusive (en adelante, el “Premio Secundario”) (en adelante, los “Premios”).

  • Dinámica de entrega: La asignación de los Premios se realizará el día 10 de junio de 2026 en las oficinas del Organizador sitas en Roque Pérez 3650, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de las 12:00 horas y hasta las 14:00 horas. 
  • Se determinará de forma estricta y exclusiva por orden de llegada (fila física) en la locación designada, hasta agotar el stock disponible de las unidades mencionadas. En primer lugar, se agotará el Stock del Premio Principal y luego, el stock del Premio Secundario.
  • Los Premios serán intransferibles y no podrán ser canjeados por otros bienes o servicios ni por dinero.

 

 

5. REQUISITOS EXCLUYENTES

Para tener derecho a la obtención de los Premios, el Participante deberá presentarse de forma estrictamente personal. No se admitirá la comparecencia de familiares, amigos, apoderados ni servicios de mensajería/cadetería. El titular del pasaporte debe estar físicamente presente y exhibir ante el representante del Organizador en el lugar designado los siguientes documentos en original y perfecto estado:

a) Documento Nacional de Identidad (DNI) original y vigente.

b) Pasaporte Argentino original vigente. Queda explícitamente excluida cualquier otra nacionalidad (no se validarán pasaportes extranjeros ni rechazos del sistema ESTA europeo).

c) Comprobante de turno de la Embajada de los Estados Unidos en formato físico/impreso.

d) Documento oficial de rechazo consular original, emitido en papel por la Embajada de los EE. UU. o de Canadá dentro del período del 01/01/2026 hasta el 10/06/2026. Se considerará válido cualquier tipo de visado rechazado (turista, trabajo, estudio, etc.).

e) Cesión de Derechos de Imagen (Condición Sine Qua Non): Todo participante que cumpla con los requisitos y acceda a los Premios deberá aceptar de manera irrevocable ser filmado, fotografiado y/o entrevistado. Asimismo, deberá suscribir la conformidad para el uso de dicho material audiovisual en las redes sociales, canales digitales y medios de comunicación del Organizador o de sus aliados comerciales. La negativa a salir en cámara o a firmar la respectiva cesión implicará la pérdida automática del derecho a los Premios, sin derecho a reclamo alguno.

 

6. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

El Organizador, sus empresas controlantes, controladas y/o empleados de cualquiera de ellas no serán responsables por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Participantes en su persona o bienes, con motivo o en ocasión del Beneficio, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente al participante, lo que es aceptado incondicionalmente por estos. El Organizador, sus empresas controlantes, controladas y/o empleados de cualquiera de ellas no se hacen responsables por la autenticidad o exactitud de los datos e instrumentos presentados por los participantes, ni por los costos de traslado, viáticos o cualquier gasto en que incurran las personas para movilizarse o formar parte de la fila física en el día de la entrega. Los Participantes serán responsables exclusivos por la utilización de los Premios y sus consecuencias, y deberán hacerse cargo de los costos, gastos, tasas, contribuciones e impuestos aplicables a los Premios, si hubiera alguno, no pudiendo reclamar al Organizador por éste ningún pago en ese concepto ni de ningún desembolso que debieran realizar a fin de acceder a los Premios. 

 

7. DATOS PERSONALES

Los datos personales brindados por los Participantes con motivo del Beneficio serán objeto de tratamiento conforme a la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales. El Organizador es el responsable de la base de datos. El titular de los datos podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos. El registro y participación en la Oferta implica el otorgamiento por parte del Participante del consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley 25.326.

"El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales".

 

8. ACEPTACIÓN Y MODIFICACIÓN DE BASES

La participación en el Beneficio implica la aceptación total de estas Bases. El Organizador tendrá derecho a definir, establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las presentes Bases, sin afectar la esencia del Beneficio, decisiones que serán inapelables. Las Bases y/o cualquier modificación al respecto podrán ser consultadas en el siguiente link https://www.noblex.com.ar. Ante cualquier duda, los interesados podrán contactarse por correo electrónico a noblex@marcas.newsan.com.ar, vía WhatsApp al +054 9 11 2503-3296, telefónicamente al 0810-444-6625 o completando el formulario de contacto en https://noblex.com.ar/noblex/contacto-noblex. El Organizador, sus empresas vinculantes, vinculadas y/o empleados de cualquiera de ellas no serán responsables por demoras en la respuesta derivadas de la incorrecta utilización de estos canales.

 

9. JURISDICCIÓN

Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse del Beneficio, los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con sede en la Ciudad de Buenos Aires, sin perjuicio del derecho de los consumidores a optar por la jurisdicción de su domicilio en el Territorio conforme la ley vigente.

 

 

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